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Acceso al Sistema RED de la Seguridad Social.


Los interesados deberán presentar la solicitud de autorización (formulario FR101).

Las autorizaciones al Sistema RED pueden ser de los siguientes tipos:

  • Autorización para actuar en nombre propio: cuando únicamente se vayan a gestionar CCCs o NAFs cuyo NIF coincide con el NIF de la autorización.

  • Autorización para actuar en nombre de otros: aquellas en las que se vayan a gestionar CCCs o NAFs cuyo NIF no coincide con el NIF de la autorización, distinguiéndose dos tipos:

    • Profesional Colegiado: cuando la persona física o jurídica a la que se concede la autorización sea un Profesional Colegiado ejerciente de alguno de los siguientes Colegios: Graduados Sociales, Gestores Administrativos, Abogados, Economistas, Titulados Mercantiles y Empresariales, Propiedad Inmobiliaria, Agentes Tributarios, Seguros, Administradores de Fincas Urbanas, Ingenieros Técnicos Industriales, Procuradores y Registradores.

    • Tercero: en aquellos casos en los que se gestionen códigos de cuenta de cotización con un NIF diferente al NIF de la autorización, y que no cumplan las condiciones para solicitar la autorización del Tipo Profesional Colegiado.

Estos tipos de autorización se pueden conceder tanto a una Persona Física como Jurídica. Junto al formulario de solicitud de autorización (FR101) debidamente cumplimentado, se deberá presentar además la siguiente documentación:
- Fotocopia del documento identificativo (DNI, NIE, Pasaporte) del solicitante.
- Documentación que acredite la representación de la Personalidad Jurídica o de la Persona Física.
- En el caso de que la autorización sea del tipo Profesional Colegiado se requerirá además el certificado de Profesional Colegiado ejerciente.

Este trámite de solicitud de la autorización puede realizarse presencialmente a la Unidad de Atención al Usuario existente en cada una de las Direcciones Provinciales de la TGSS, o a través del Registro Electrónico de la Sede Electrónica. Una vez concedida la autorización se envía, transcurridos unos días, al autorizado las copias de su resolución de autorización.

La comunicación entre los usuarios y la Tesorería General de la Seguridad Social se realiza a través de Internet. Para garantizar la seguridad en la transmisión ésta se realizará con cualquier Certificado Digital de los admitidos por Seguridad Social (lista de certificados admitidos).





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